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Dejar el trabajo: el preaviso que dice la ley

Obligatorio Fuente oficial

Cuatro semanas, al día 15 o al final de mes. Es el mínimo legal para quien dimite, y el contrato o el convenio pueden alargarlo.

Lo que dice la ley, literalmente. El § 622 Abs. 1 BGB establece que la relación laboral de un trabajador o empleado "puede rescindirse con un plazo de cuatro semanas, al día quince o al final de un mes natural".

Fíjate en el detalle, porque es donde se equivoca casi todo el mundo: no son "cuatro semanas desde que avisas". Son cuatro semanas y además el final tiene que caer en el día 15 o en el último día del mes. Si avisas el 20 de marzo, cuatro semanas te llevan al 17 de abril, que no es ni día 15 ni fin de mes: tu salida efectiva será el 30 de abril.

Los plazos largos son del empleador, no tuyos

El § 622 Abs. 2 BGB alarga el plazo para el despido por parte de la empresa según la antigüedad: un mes tras dos años, dos meses tras cinco, tres meses tras ocho, cuatro tras diez, y así sucesivamente. Eso te protege a ti; no es lo que tú tienes que respetar al dimitir.

Pero mira tu contrato

[VERIFICAR en tu caso] El contrato individual o el convenio colectivo (Tarifvertrag) aplicable pueden fijar plazos distintos dentro de los márgenes que la propia ley permite. Antes de escribir la carta, lee la cláusula de Kündigungsfrist de tu contrato. Si dice algo distinto del mínimo legal, manda lo que diga tu contrato siempre que no te perjudique por debajo del suelo legal.

La carta

La dimisión tiene que ser por escrito y firmada a mano. Un correo electrónico o un WhatsApp no sirven. Entrégala en mano con acuse de recibo, o por correo certificado: la fecha de recepción es la que cuenta, no la fecha que pongas arriba.

Y aprovecha el mismo momento para pedir tu certificado de trabajo: ver la ficha siguiente.

Fuentes

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